miércoles, 9 de julio de 2014

UNIDAD DIDÁCTICA 7: La construcción del Estado Liberal en España. Material Complementario



Propuesta del Estatuto Real
“Todos los Próceres del Reino, excepto los Grandes de España, deberán ser de nombramiento Real; pero con ciertos requisitos […] y declarando vitalicia aquella dignidad […].
[…] Diferente en su origen y distinto en su organización y en su objeto, el Estamento de Procuradores del Reino está destinado principalmente a representar los intereses materiales de la sociedad y a vigilar en su custodia […].
Este estamento es por su misma esencia electivo. Los individuos que lo compongan deben ser elegidos por la Nación; para que de esta suerte sean sus legítimos Procuradores.
Mas ¿cómo se verificarán las elecciones? ¿Quiénes deberán tener derecho de ser electores? ¿Y quiénes actitud legal para ser elegidos? […] Aun en las repúblicas antiguas, cuyas sabias instituciones nos ha transmitido la historia, los que ningunos bienes poseían no ejercían derechos políticos; ni puede nación ninguna confiarlos, so pena de pagar tarde o temprano su temeridad e imprudencia […].”
Exposición del Consejo de ministros a la Reina Gobernadora sobre el restablecimiento del orden constitucional, 4 de abril de 1834



“Vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad del Estado, no es tan solo cumplir una promesa solemne y dar garantía positiva a la deuda nacional por medio de una amortización exactamente igual al producto de las ventas; es abrir una fuente abundantísima de felicidad pública, vivificar una riqueza muerta (…) desobstruir los canales de la industria y de la circulación, crear nuevos y fuertes vínculos que liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono excelso de Isabel II, símbolo de poder y de libertad. El Decreto que voy a tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de esos bienes adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es menester que en su tendencia se funde en la alta idea de crear una copiosa familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente en el triunfo completo de nuestras altas instituciones.”
Mendizábal. Febrero de 1836